El gobierno viene introduciendo diversas reformas con impacto en la economía. Uno de los tantos cambios propuestos consiste en habilitar a las asociaciones deportivas (entre las cuales se encuentran los clubes de fútbol) para que se transformen -de así desearlo- en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD).
Con relación a los clubes de fútbol, esto implica un cambio significativo. Actualmente, el estatuto del organismo rector de dicha disciplina, la Asociación de Fútbol Argentino (AFA), dispone que los clubes a incorporarse a la misma deberán revestir el carácter de asociaciones civiles sin fines de lucro.
A diferencia de las asociaciones civiles sin fines de lucro, las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) operan con fines de lucro, es decir buscan beneficios individuales y ganancias. Con esta nueva medida, los clubes de fútbol (y otros deportes) podrían recibir inversiones privadas.
En diciembre de 2023, el Poder Ejecutivo emitió un decreto (DNU 70/23) que modifica algunos aspectos de la Ley del Deporte (Ley No. 20.655).
Los cambios más relevantes son los siguientes:
Tanto la AFA, como los clubes de fútbol en general, se han mostrado en desacuerdo con la incorporación de las SAD.
En enero de este año, la Liga de Fútbol de Salto (provincia de Buenos Aires), entidad afiliada a la AFA, inició una demanda solicitando la declaración de inconstitucionalidad de las normas del DNU 70/23 vinculadas a las SAD. El juzgado interviniente dictó una medida cautelar y suspendió la aplicación de dichas normas hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva. El Gobierno apeló y el caso se encuentra actualmente en la Corte Suprema de Justicia de la Nación para su análisis.
A pesar de esta disputa judicial, el pasado 16 de julio, la Inspección General de Justicia (IGJ) dictó la Resolución 15/2024, por medio de la cual aprobó una serie de normas y modificaciones generales aplicables en temas diversos. Entre ellas, la Resolución 15/2024 dispuso que “debe aceptarse la participación de las asociaciones civiles y fundaciones como accionistas en sociedades anónimas y la transformación de las asociaciones civiles en sociedades anónimas; así como simplificarse la inscripción de entidades de bien común constituidas en el extranjero para el desarrollo de su actividad en la República Argentina”. Estas normas entrarán en vigencia a partir del 1° de noviembre de este año.
De acuerdo con la información provista en los medios de comunicación, se espera que el Poder Ejecutivo reglamente las normas del DNU 70/23 relativas a las SAD en breve.
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