Mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-006, emitido por el Ministerio del Trabajo y publicado el 8 de enero de 2025, se establece el Reglamento de Cumplimiento de la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres, el cual es de aplicación obligatoria tanto para el sector privado como para las instituciones, entidades, organismos del sector público, gobiernos autónomos descentralizados, empresas públicas y demás instituciones previstas en la Constitución de la República del Ecuador.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este Acuerdo Ministerial, los empleadores del sector privado y las autoridades máximas de las instituciones y empresas del sector público serán sancionados conforme a la normativa vigente.
Para obtener la certificación de cumplimiento de la Ley de Igualdad Salarial, las empresas deberán acreditar que han cumplido con las acciones de capacitación, sensibilización y reporte de actividades. La solicitud debe incluir información básica sobre la empresa y documentación que demuestre las acciones realizadas en el último año. El proceso de solicitud se realiza físicamente ante las Direcciones Regionales del Trabajo, que evaluarán la información y emitirán un informe en un plazo máximo de 10 días.
Si se cumplen los requisitos, la certificación será otorgada en un plazo de 30 días y el Ministerio del Trabajo publicará la lista de empresas certificadas, como reconocimiento a su compromiso con la igualdad de género.
Cuando un trabajador o servidor público considere ser víctima de discriminación salarial en el sector público, podrá presentar una denuncia ante la Unidad de Administración de Talento Humano (UATH) o su equivalente. La denuncia debe incluir los datos personales del denunciante, una narración detallada de los hechos, los fundamentos legales que respaldan la denuncia, y la firma del denunciante, junto con los medios de prueba pertinentes.
La UATH evaluará si la denuncia cumple con los requisitos; en caso contrario, solicitará correcciones en un plazo de tres días. Si la denuncia es aceptada, se convocará a un espacio de diálogo entre las partes involucradas. Tras evaluar los elementos, la UATH emitirá un informe técnico sobre la existencia de discriminación salarial. Si se confirma la discriminación, se sugerirán acciones correctivas.
En el sector privado, los trabajadores que presuman discriminación salarial podrán presentar una denuncia ante el Inspector del Trabajo. La denuncia deberá incluir la identificación del trabajador y del empleador, una narración de los hechos, los fundamentos legales, la prueba pertinente y una pretensión clara. El proceso no requiere de una denuncia previa para iniciar acciones judiciales, y el plazo máximo para la resolución es de 15 días desde la presentación de la denuncia.
La Subsecretaría de Empleo y Salarios será responsable de implementar la mesa sectorial, para ello, coordinará con las unidades internas del Ministerio del Trabajo.
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