El 30 de agosto de 2024 se publicó el Decreto Legislativo N°1634 que regula un fraccionamiento especial para deudas tributarias administradas por SUNAT. Se prevé un bono de descuento sobre los intereses y las multas acumuladas en las deudas tributarias exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023, incluyendo aquellas deudas que ya han sido impugnadas o que se encuentran en procesos de cobranza coactiva.
El 30 de agosto de 2024 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Legislativo N°1634, que aprueba el Fraccionamiento Especial de la Deuda Tributaria Administrada por la SUNAT (en adelante, “Fraccionamiento Especial”).
En ese sentido, las principales disposiciones son las siguientes:
La referida deuda incluye los intereses, actualizaciones e intereses capitalizados que correspondan aplicar; actualizados hasta la fecha de aprobación de la solicitud de acogimiento al Fraccionamiento Especial, salvo en el caso de acogimiento con pago al contado, en cuyo caso la actualización es hasta la fecha de presentación de la solicitud
Cabe precisar que no pueden acoger al Fraccionamiento los contribuyentes que tengan sentencias condenatorias vigentes por delitos tributarios o aduanero, ni tampoco los sujetos, cuyos representantes, por haber actuado en calidad de tales, tengan sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada vigente a la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Fraccionamiento Especial, por delito tributario o aduanero.
Es importante precisar que en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario contados a partir de la vigencia del presente Decreto Legislativo se deberán publicar las normas reglamentarias.
Lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
El 31 de agosto de 2024 se publicó la Resolución N°0173-2024/SUNAT mediante la cual se modifica el reglamento de la Ley del RUC para que los sujetos no domiciliados designados como agentes de retención o de percepción según el artículo 49-A de la Ley de IGV e ISC puedan inscribirse en el RUC y actualizar y/o modificar los datos de dicho registro por medios virtuales.
El 31 de agosto de 2024, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución de Superintendencia N° 000173-2024/SUNAT mediante la cual se modifica la Resolución de Superintendencia N°210-2004/SUNAT para regular el medio virtual para la inscripción en el RUC de los sujetos no domiciliados designados como agentes de retención o de percepción según el artículo 49-a de la Ley de IGV e ISC.
La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
Correos electrónicos no solicitados y cualquier otra información enviada a Dentons no serán consideradas como confidenciales, puede ser revelada a otros, puede que no obtenga una respuesta, y no crean una relación abogado-cliente. Si usted no es cliente de Dentons, por favor no nos envíe ninguna información confidencial.
Esta biografía está disponible sólo en inglés. Por favor, haga clic en continuar abajo para ver la biografía en inglés o en cancelar para permanecer en esta página.
Usted va a ser redirigido de la web de Dentons a la web $redirectingsite. Para proceder, por favor haga click en Aceptar.
Usted va a ser redirigido de la web de Dentons a la web Beijing Dacheng Law Offices, LLP. Para proceder, por favor haga click en Aceptar.