FNE prohibió la adquisición de la Isapre Colmena por parte de controladora de Isapre Nueva MasVida
Con fecha 3 de febrero, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) prohibió la adquisición de control de Isapre Colmena por parte de Nexus, controladora de Isapre Nueva MasVida, siendo la cuarta vez que rechaza una operación desde la entrada en vigencia del nuevo sistema.
Luego de 9 meses de investigación, la FNE concluyó que la operación podía reducir sustancialmente la competencia, por cuanto la empresa resultante podría aumentar hasta más de $ 33 mil anuales los precios de los planes de salud para nuevos afiliados y que los planes de los actuales clientes de ambas Isapres podrían subir hasta casi $ 28 mil al año. Además, podrían deteriorarse las condiciones o prestaciones ofrecidas en los planes, y aumentar los riesgos de coordinación en el mercado.
Si bien Colmena y Nexus plantearon medidas de mitigación, la FNE las consideró insuficientes, estimando que algunas no eran verificables, no se generarían producto de la operación o bien no compensan los efectos que se producirían en el mercado. Para la FNE una medida de mitigación idónea y proporcional sería la desinversión de activos a un comprador adecuado.
La FNE consideró que el mercado de las Isapres presenta barreras de entrada significativas, considerándolo como poco dinámico. Así, descartó que la entrada al mercado de la nueva Isapre Esencial pudiese ser suficiente u oportuna para disuadir los efectos anticompetitivos de la operación.
Las partes aún pueden impugnar la resolución ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), mediante un recurso especial de revisión.
Ver anuncio de la FNE
TDLC acoge requerimiento de la FNE por colusión en contra de empresas de aviones cisterna para combatir incendios forestales
Con fecha 26 de enero de 2022, el TDLC dictó su Sentencia N° 179/2022, en virtud de la cual condenó a las empresas operadoras de aviones cisterna Faasa y Martínez Ridao, por colusión en el mercado de servicios de combate y extinción de incendios forestales. Esto, en razón de haber adoptado un acuerdo de actuación conjunta, determinando las condiciones de comercialización, precios y participación en procesos de contratación públicos y privados.
La FNE inició sus investigaciones el año 2017, y en julio de 2018 interpuso un requerimiento en contra de las empresas indicadas.
El TDLC, en su sentencia, consideró que concurrían los elementos necesarios para acreditar la existencia de un acuerdo colusorio, de carácter único y continuo, que les permitió actuar coordinadamente en el mercado chileno entre los años 2009 y 2015.
Considerando el beneficio económico obtenido por las partes requeridas, y el efecto disuasorio, el tribunal las condenó a pagar una multa de 1.900 UTA a Faasa y 6.100 a Martínez Ridao (en total, US$6,5 millones aproximadamente). Cabe destacar la cifra respecto a esta última empresa, en atención a que la FNE, en su requerimiento ante el TDLC, solicitó una multa menor a su respecto (4.000 UTA). Además, se les impuso la obligación de adoptar un programa de cumplimiento y ética en materia de libre competencia, por al menos un plazo de cinco años.
Ver Sentencia TDLC
FNE extiende a Fase 2 investigación sobre concentración entre VTR y de Claro Chile
Con fecha 10 de febrero, la FNE anunció que extendería la investigación respecto de la creación de un joint venture entre Liberty y América Móvil, sociedades controladoras de VTR y de Claro Chile, respectivamente, en relación a sus actividades de telecomunicaciones en Chile.
Según indica la FNE, su investigación se enfocó principalmente en los efectos para la libre competencia en los mercados de internet fijo, televisión de pago, telefonía fija, servicios móviles y espectro radioeléctrico, servicios de red mayorista de transporte de datos a través de enlace nacional, infraestructura pasiva de telecomunicaciones, entre otros.
Considerando las altas participaciones de VTR y Claro en el mercado, se estimó que se convertirían en el principal actor de la comercialización de provisión de servicios fijos de telecomunicaciones. Además, se consideró un factor geográfico de superposición en la cobertura de sus redes, lo que podría generar riesgos en la provisión de los servicios.
También se analizaron las posibles consecuencias de las combinaciones de portafolio en el ámbito de los servicios móviles, y la infraestructura pasiva de las telecomunicaciones.
Con el paso a fase 2, la investigación se extenderá por 90 días adicionales. Cualquier tercero interesado (proveedores, competidores, clientes, etc.) puede aportar antecedentes a la FNE en esta nueva etapa, dentro de los 20 días siguientes a la publicación de la resolución formal de extensión en el sitio web de la FNE (lo que debiese ocurrir en los próximos días).
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