El 1 de setiembre de 2021 entró en vigencia la Ley 10.008. Esta ley permite a los extranjeros que brinden servicios remunerados de forma remota, en favor de una persona física o jurídica que se encuentra en el exterior (“Nómadas Digitales”), permanecer en Costa Rica por un año con la opción de renovar su estancia un año más, creando una nueva categoría migratoria como Trabajador o Prestador Remoto de Servicios.
El Reglamento de esta Ley deberá publicarse en, aproximadamente, sesenta días hábiles, lo que deberá incluir los detalles pendientes de esta nueva visa y el procedimiento para solicitarla.
Para ser elegible para la Visa de Nómada Digital, el extranjero deberá cumplir con los siguientes requisitos especiales:
Los siguientes incentivos han sido aprobados por esta ley a los Nómadas Digitales:
Con respecto a la residencia fiscal, los Nómadas Digitales no se considerarán automáticamente residentes fiscales, según las leyes locales específicas aplicables al tema.
El Nómada Digital que reciba estos beneficios los disfrutará durante la vigencia de la visa.
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