El pasado 10 de febrero de 2020, por orientaciones del Presidente de la República de Nicaragua, fueron presentadas dos iniciativas de Ley ante la Secretaría de la Asamblea Nacional, las cuales pretenden reformar la Ley No. 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, y la Ley No. 354, Ley de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales.
Los principales aspectos que han sido motivo de discusión y que se incorporan en esta reforma, versan en torno a la regulación de Marcas. Dichas iniciativas incrementan las tasas por cobro de los servicios de registro de propiedad intelectual hasta en un 50%, posicionando a Nicaragua como el país con tasas oficiales más altas en temas marcarios a nivel Centroamericano. De igual forma crea “tarifas” que antes no eran contempladas por nuestra ley, tales como la tasa a pagar para presentación de oposiciones o el registro de Poderes Especiales, añadiendo que para las señales de publicidad se adicionará una tasa por cada marca a la que haga referencia, así como para la reposición de avisos de publicación, entre otras.
Por otro lado, en dicha reforma se limita la vigencia de los nombres comerciales y se homologa con la de las marcas con un período de duración de 10 años, el cual no se encuentra relacionado al uso en el comercio del mismo, aun a pesar del reconocido carácter declarativo que tiene su registro. Pese a ello, otorga solamente el plazo de 3 meses a todos los titulares de nombres comerciales registrados con más de 10 años para realizar los trámites de solicitud de renovación de los mismos.
En materia procesal, se incorporan disposiciones alarmantes en relación con la disminución de plazos hasta en un 75%. Si antes la Ley otorgaba un plazo de 2 meses para subsanar errores en las solicitudes dentro de la etapa del examen de forma, de aprobarse la reforma, esto se reducirá a 15 días, todo bajo una justificación de “agilización procesal”. Por su parte, para la tramitación de presentación de oposiciones, ratificar gestión oficiosa, publicaciones, entre otros, la reducción del tiempo es de un 50%.
Como aspecto positivo a destacar de la iniciativa, se encuentra la notificación vía correo electrónico, la cual pretende evitar mayores dilaciones gracias a la transición de un sistema tradicional a uno modernizado. Sobre esa línea, se incorpora de forma innovadora, la renovación de todos los nombres comerciales que tengan más de 10 años de estar registrados, lo cual podría representar una oportunidad para actualizar la base de datos y liberar todos aquellos que no se encuentren en uso.
La iniciativa de Ley de reformas a la Ley de Patentes de Invención, Modelos y Utilidad y Diseños Industriales por su parte, hace referencia principalmente a las tarifas de las solicitudes, incrementándolas en un 20%, junto con la incorporación de nuevos conceptos tales como la restauración al derecho de prioridad y la restauración de las solicitudes vía PCT.
Sin duda alguna, estas iniciativas de Ley alteran el panorama de tarifas y procesos tradicionales en materia de Propiedad Intelectual acostumbrado en Nicaragua, en donde los solicitantes y profesionales en la Propiedad Intelectual serán los más afectados.
Actualmente, las iniciativas se encuentran en estudio y proceso de consulta por parte de la Asamblea Nacional, por lo que los profesionales desean que sus aportes puedan ser tomados en cuenta dentro de esta discusión.
Les mantendremos informados de cualquier eventualidad en este tema.
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