El 18 de enero se publicó la Resolución Ministerial N°012-2025-EF/15 mediante la cual se aprobó el un aumento en porcentaje del Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los cigarrillos y tabaco, que se encuentran en el Nuevo Apéndice IV de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.
El 18 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Ministerial N° 012-2025-EF/15 mediante la cual se actualizan los montos fijos vigentes aplicables a bienes sujetos al Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo.
En ese sentido, se establece que, a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución, los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Específico, contenidos en el Nuevo Apéndice IV de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, serán los siguientes:
El 19 de enero se publicó la Resolución N°011-2025/SUNAT mediante la cual se aprobó el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo a favor de los transportistas al que se refiere el reglamento del Decreto de Urgencia N°012-2019 por el cuarto trimestre del año 2024.
El 19 de enero de 2025, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia N° 000011-2025/SUNAT mediante la cual se aprobó el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a favor de los transportistas al que se refiere el Reglamento del Decreto de Urgencia N°012-2019 por el cuarto trimestre del año 2024.
En ese sentido, para efecto de determinar el monto máximo a devolver, respecto de cada mes comprendido en la solicitud, se deberán tener en cuenta los siguientes porcentajes:
La presente resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación.
El 19 de enero se publicó el Decreto Supremo N° 008-2025-EF mediante el cual se modifican los bienes (juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia) afectos al Impuesto Selectivo al Consumo del literal A del Nuevo Apéndice IV de la Ley del IGV e ISC, hasta el 30 de junio de 2025.
El 19 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N°008-2025-EF mediante el cual se modifica el Nuevo Apéndice IV de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.
En ese sentido, se establece que la modificación será hasta el 30 de junio de 2025 de los siguientes bienes:
Asimismo, se dispone que a partir del 1 de julio de 2025 la tasa del Impuesto Selectivo al Consumo a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia será de 1%.
El presente Decreto entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
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