El Ministerio de Salud de Panamá (MINSA) aprobó exceptuar la evaluación diagnóstica a pruebas autoaplicables para detectar el SARS-CoV-2 (Covid-19) y sus nuevas variantes en muestras de hisopado nasal, que es uno de los trámites para la obtención del registro sanitario.
La resolución se dio el pasado 24 de enero, motivada por la rápida propagación de la enfermedad infecciosa y la necesidad de contar con pruebas que puedan ser autoaplicadas por la población en territorio panameño. La excepción se dirige a las pruebas autoaplicadas para la detección del antígeno de la proteína de nucleocápside del Covid-19, en muestras de hisopado nasal.
La resolución establece y aclara los requisitos para obtener el registro sanitario por toda institución pública, establecimiento privado o persona natural que importe y comercialice dichas pruebas. A su vez, indica que dicho registro sanitario estará vigente hasta que el MINSA lo considere adecuado.
Los resultados obtenidos mediante las pruebas autoaplicadas para la detección del Covid-19 en muestras de hisopado nasal son de carácter orientativo, sin valor diagnóstico, a excepción de lo que pueda disponer el MINSA.
La resolución estará vigente hasta que el MINSA lo considere necesario.
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