Dentro del marco de la Ley N° 21.202 de Humedales Urbanos, con fecha 12 de octubre de 2021 se publicó en el Diario Oficial el Decreto Alcaldicio N° 7.282 de la Municipalidad de Osorno, que posterga por tres meses contados desde su publicación, la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones para los terrenos en que se encuentra emplazado el humedal urbano Las Quemas.
Al respecto, el artículo 3° de la Ley de Humedales Urbanos señala: “Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados, dicha postergación se realizará utilizando, en lo que corresponda, el procedimiento establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”.
En este sentido, la Municipalidad de Osorno obtuvo informe favorable por parte de la SEREMI del MINVU de la Región de Los Lagos, para determinar la postergación de la entrega de estos permisos en el contexto de la solicitud de reconocimiento de calidad de humedal urbano del humedal en el sector de Las Quemas.
Dicha la postergación puede requerirse en el plazo que media entre la fecha en que la mencionada solicitud fuere acogida a trámite, y la del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que la resuelva. Con todo, este plazo para el reconocimiento no puede exceder de los seis meses desde que la solicitud fuese acogida a trámite.
En consecuencia, la postergación de dichos permisos no puede afectar las solicitudes ya ingresadas en la Dirección de Obras Municipales con anterioridad a la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano, ni a los anteproyectos ya aprobados mientras mantengan su vigencia. A su vez, los permisos pueden postergarse hasta por un plazo de tres meses, el que podría ser prorrogado solo considerando el tiempo remanente del plazo de seis meses para el reconocimiento del humedal urbano.
Lo anterior se encuentra también regulado por la Circular DDU 444 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que instruye sobre la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones.
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